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Noticia: Sanción de la AEPD por datos publicados en una web empresarial

23sep

Una empresa ha sido multada por la Agencia de Protección de Datos por una infracción leve a la LOPD (R023/2005)

En el caso en cuestión, la empresa, un estudio de arquitectura, había publicado en su página web los datos de una de sus clientas, junto con algunos detalles técnicos de los servicios que le había prestado.

Las imágenes presentes en la web tenían carácter de publicidad y demostraban el buen hacer del estudio de arquitectura.

La clienta, promotora a título individual de una vivienda particular, vio como venían publicados sus datos personales y las características técnicas de su casa.

Por este motivo, interpuso denuncia a la AEPD que, después de la pertinente inspección, sancionó al estudio de arquitectura propietario de la web por una infracción de carácter leve a la LOPD.

El estudio de arquitectura afirmó tener el consentimiento implícito de su clienta para el tratamiento de sus datos y que no necesitaba ulteriores autorizaciones para incluir esos datos en su página web.

En realidad, la AEPD concluyó que los datos de la cliente estaban amparados por el consentimiento sólo por lo que se refería a la prestación de los servicios contratados, y no para ser usados para otros fines como el de la publicidad del estudio de arquitectura.