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Noticia: Videovigilancia, ámbito laboral y Protección de Datos Personales

19sep

Videovigilancia en el trabajo

Un ámbito potencialmente conflictivo en tema de videovigilancia es el laboral. Según el parer de D. Jesús Rubí, Director Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos (El País, 18/09/2005), el empresario tiene derecho a videovigilar y, eventualmente, a tomar medidas disciplinarias utilizando pruebas grabadas. Pero hay que respetar unos límites y, sobre todo, la dignidad del trabajador. Por lo tanto, quedan prohibidas las grabaciones ocultas o en vestuarios, áreas de descanso y servicios.